Comunicado de prensa:
DESBORDADAS TARIFAS DE IMPUESTO PREDIALEN FUENTE CLARA-ROBLEDO
DENUNCIA JUNTA CÍVICA PARAJE EL PINAR
Comunicado de prensa:
Medellín, Febrero 5
del 2013
A pesar de los anuncios de la
administración municipal acerca de que las tarifas del impuesto predial no
tendrían mayores impactos en la población de menos recursos, lo cierto es que,
vistas las cuentas que empezaron a llegar a finales del mes de enero, se
detectan incrementos en los avalúos entre el 26.55% y el 153.9% por ciento y en
las tarifas entre el 18.55% y el 95.2% por ciento en el barrio Fuente Clara, en
la Comuna 7 de Robledo.
Esta es la conclusión a que llegó
la Junta Cívica Paraje El Pinar (Fuente Clara-Robledo) en reunión
extraordinaria realizada el pasado domingo 3 de febrero, luego de revisar varias
cuentas aportadas por habitantes del sector que pertenecen en su mayoría a los
estratos 1 y 2.
A continuación se analizan
algunos ejemplos, que son el común denominador para el grueso de los
propietarios y poseedores de inmuebles, en los cuales se puede verificar el
exagerado incremento de las tarifas del impuesto predial. En la reunión, una
señora de la tercera edad que vive de la venta de arepas, exclamó: “yo
tengo que dejar de mercar para pagar eso”, al referirse a la impopular decisión
tomada en diciembre pasado por el Concejo Municipal de Medellín en pleno y que
fue avalada por la alcaldía. Otro residente manifestó airado: “con
esas altas tarifas nos convierten en verdaderos arrendatarios de la
administración municipal”.
EJEMPLOS DEL SISTEMA TARIFARIO EN EL 2012 Y CÓMO QUEDÓ PARA EL 2013,
DONDE A PESAR DE LA DISMINUCIÓN DEL MILAJE, SE INCREMENTA DE MANERA EXAGERADA
EL IMPUESTO:
VIVIENDAS:
AVALÚO CATASTRAL
|
INCREMENTO
%
|
MILAJE
($ por cada $1.000 de
avalúo)
|
TARIFA $
|
INCREMENTO
%
|
|||
2012
|
2013
|
2012
|
2013
|
2012
|
2013
|
||
8.220.000
|
13.803.000
|
26.55
|
8.5
|
6
|
17.468
|
20.705
|
18.55
|
4.900.000
|
7.249.000
|
47.93
|
9.5
|
9
|
11.638
|
16.311
|
40.15
|
15.186.000
|
35.098.000
|
131.1
|
8.5
|
7.1
|
32.270
|
59.936
|
85.7
|
14.311.000
|
30.756.000
|
114.9
|
8.5
|
7.1
|
30.411
|
53.526
|
76.0
|
8.295.000
|
18.236.000
|
119.8
|
8.5
|
6.5
|
17.627
|
28.812
|
63.4
|
35.383.000
|
89.841.000
|
153.9
|
10.5
|
8.5
|
92.881
|
181.376
|
95.2
|
8.847.000
|
18.827.000
|
112.8
|
8.5
|
6.5
|
18.800
|
30.028
|
59.7
|
19.836.000
|
41.018.000
|
106.7
|
9.5
|
7.1
|
47.111
|
72.134
|
52.1
|
22.242.000
|
54.997.000
|
147.2
|
9.5
|
7.8
|
(50%) 26.413
|
(50%) 50.995
|
93.0
|
17.167.000
|
38.525.000
|
124.4
|
9.5
|
7.1
|
40.771
|
66.287
|
62.5
|
LOTES (PATIOS ABIERTOS O SOLARES
ASOCIADOS ALGUNA DE LAS ANTERIORES VIVIENDAS):
AVALÚO CATASTRAL
|
INCREMENTO
%
|
MILAJE
($ por cada $1.000 de
avalúo)
|
TARIFA $
|
INCREMENTO
%
|
|||
2012
|
2013
|
2012
|
2013
|
2012
|
2013
|
||
3.562.000
|
11.047.000
|
210,3
|
9.5
|
16
|
8.460
|
16.920
|
100
|
4.033.000
|
12.510.000
|
210,7
|
9.5
|
16
|
9.579
|
19.158
|
100
|
3.081.000
|
9.209.000
|
198,9
|
9.5
|
16
|
7.318
|
14.636
|
100
|
Los lotes anteriores están asociados a las viviendas
anteriores y hacen parte de los patios abiertos o solares, donde no se puede
construir por la pendiente del terreno, sin embargo el incremento de sus
avalúos, milajes y tarifas supera todos los límites de las propias viviendas de
sus propietarios.
También se discutió sobre la
forma inconsulta y burocrática en que se realizan las actualizaciones
catastrales, donde no se tiene consideración por las circunstancias sociales y
económicas que afectan estos barrios, conformados por grupos familiares en su
mayoría sin trabajo o en la economía informal.
Se denunció el oportunismo de
algunos concejales que aprobaron el Estatuto Tributario el pasado mes de
diciembre y que conocían más que cualquier ciudadano los estudios que se
estaban adelantando desde el 2011 para la actualización catastral que se aprobó
incluso después de dos días de aprobarse el Acuerdo 56 en cuestión. Estos son
dos hechos contundentes que dieron origen a las inusitadas alzas en las
propiedades y en los impuestos que nos acogotan, pero hoy unos concejales salen
demagógicamente a los medios a criticar impúdicamente el esperpento del cual
son artífices y a proponer “comisiones accidentales” para apaciguar la airada
protesta de las comunidades y otros sectores sociales y económicos de Medellín mientras
que otros con desfachatez asombrosa defienden al lado del burgomaestre la
iniciativa que aprobaron a sabiendas de su impopularidad.
Se analizaron algunas normas
que no son tenidas en cuenta por la administración y el concejo y que señalan
que a la vivienda popular, es decir, estrato 1 al 3, se les deben aplicar los
milajes mínimos que se establezcan, como lo señala la Ley 14 de 1983 [1]
y el propio Plan de Desarrollo Nacional
(Ley 1450 del 2011).
Sin embargo la escala tarifaria
del nuevo Estatuto Tributario no refleja la realidad de la mayoría de
habitantes, pues son escasos los inmuebles de menos de entre 0 y 5 millones de
pesos a los cuales se les aplica el milaje más bajo del 5x1000 y muchos menos habrá
con la silenciosa actualización catastral aprobada. Mientras que el grueso de
propiedades de estrato 1 y 2, se establecieron entre el 6 y el 9 x 1000 y ni
siquiera con leves puntos de rebaja de este milaje logra mitigar las colosales
alzas.
A estas inusitadas alzas se
les suma el costo excesivo de las tarifas de los servicios públicos, la
condición de desplazamiento y la inclusión en el régimen subsidiado de salud de
la mayoría de las familias por carecer de empleo.
Se acordó acompañar a otras
organizaciones sociales y comunales de Medellín en esta justa reclamación y solicitar
se suspenda el cobro hasta tanto no se definan unas tarifas justas, pues las
actuales son impagables, expropiatorias y menoscaban el mínimo vital de cientos
de familias humildes de nuestra comunidad.
MARIO BARRERA
Presidente
OLGA ZAPATA
Secretaria
JUNTA CÍVICA PARAJE EL PINAR (FUENTE CLARA-ROBLEDO)
Calle 63 No. 96 A 65 INT 174
Tel: 426-5390 / Cel:
313-643-3911
MEDELLIN
[1]
“A
la vivienda popular y a la pequeña propiedad rural destinada a la producción
agropecuaria se les aplicarán las tarifas mínimas que establezca el respectivo
Concejo” (Ley 14 de 1983, Artículo 17).
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