PROYECTO DE ALCANTARILLADO PRESENTADO AL MUNICIPIO DE MEDELLIN Y EPM.
Este es el recorrido que hacen las aguas de escorrentía que se desprenden desde el patio del Paraje El Pinar, hacia el Caño La Pajarita. Es prácticamente el mismo recorrido que tiene el alcantarillado artesanal que conecta con algunas viviendas desde hace 10 años. A EPM le escribimos solicitando la recuperación, reconformación y construcción del tramo de alcantarillado que hace falta. Las familias afectadas llevan una década sin alcantarillado técnico y adecuado, pagan en sus facturas el concepto de saneamiento, a pesar de no tener alcantariullado público. Ese es el propósito de esta propuesta (no acabada): que el Municipio y EPM retire el tramo de tubos de concreto (obsoletos) que se vieron obligados a poner los primeros moradores, construya el tramo de alcantarillado que falta en este sector del paraje (sendero peatonal) y aborde el estudio de reconformación y construcción de un sistema de alcantarillado adecuado y suficiente para las viviendas aledañas al Caño La Pajarita, de modo que no se viertan en este caño las aguas servidas o negras, y lo lleve a sitio seguro. Si es necesario decretar servidumbres así lo debe hacer, sin perjucio de los predios, para lo cual se rerquere concertar con la comunidad el recorrido del sistema que se adelante: el derecho al saneamiento básico y a la salubridad pública es un derecho fundamental.
EL TEXTO DEL PROYECTO ES EL SIGUIENTE Y ESPERAMOS TENGA BUEN ECO EN LA ADMINISTRACIÓN ACTUAL DEL DR. ANIBAL GAVIRIA CORREA.
PROYECTO:
ESTUDIO, DISEÑO Y EJECUCIÓN DEL SISTEMA DE CAPTACIÓN DE AGUAS,
RECONFORMACIÓN DE ALCANTARILLADO Y ESCALINATAS
SERVIDUMBRE PARAJE EL PINAR (Fuente Clara-Robledo)
SERVIDUMBRE PARAJE EL PINAR (Fuente Clara-Robledo)
LOCALIZACIÓN:
CARRERA 96 A ENTRE CALLE 63 (VIA AL MAR) Y CALLE 62
Presentado por
JUNTA CÍVICA PARAJE EL PINAR (FUENTE CLARA-ROBLEDO)
Organización Civil y Solidaria sin fines lucrativos
Medellín, Enero del 2012
PRESENTACIÓN
El descontrol de las aguas de escorrentía que bajan y se introducen por la Carrera 96 A y las aguas lluvias por carencia de un sistema de control y encauzamiento, afecta a la comunidad de este sector desde hace varios años. Estas aguas de escorrentía y las lluvias buscan la vía más expedita por terreno abierto y por las servidumbres, para luego desembocar al Caño La Pajarita, después de realizar un recorrido de 80 y 100 metros aproximadamente, según el lugar de recorrido (taludes y senderos peatonales). Parte del recorrido de estas aguas se hace por zanjas abiertas en la parte posterior de algunas casas y por la brecha donde se encuentra la tubería de alcantarillado, lo que causa erosión, inundaciones de viviendas y deterioro y exposición de la obra a inminentes rupturas, afectando los derechos colectivos de las condiciones de habitabilidad y salubridad de los habitantes y a los derechos individuales de vivienda en condiciones dignas, a la salud, a la salubridad, a la tranquilidad.
Un sistema digno y adecuado de saneamiento básico y ambiental (alcantarillado, aseo y conducción a sitio seguro de aguas servidas, aguas de escorrentía y aguas combinadas) es un derecho fundamental contemplado en la Constitución Nacional (Artículos 365 y 366), en la Ley 142 de 1994 o Ley de Servicios Públicos (Artículos 2, 4 y 5) y en otras normas. Empresas Públicas de Medellín es la entidad ejecutora para hacer realidad estos derechos y cuenta con suficiente disponibilidad económica y técnica para apoyar este proyecto.
ANTECEDENTES DEL PROBLEMA Y POSIBLES SOLUCIONES
Desde el año 2008 integrantes de esta comunidad oficiaron a la Secretaría de Obras Públicas del Municipio de Medellín y a las Empresas Públicas de Medellín solicitando la realización de las obras necesarias para impedir que las aguas de escorrentía y lluvias continuasen afectando las viviendas y las servidumbres del sector que baja desde el Paraje El Pinar por la Carrera 96 A hasta la Calle 62D. Igualmente reclamaron por la movilidad de sus habitantes con adecuadas vías de acceso peatonal. A pesar de los diagnósticos favorables a dichas peticiones, no se concluyó ninguna obra en concreto y la comunidad continúa hoy soportando las consecuencias de los temporales y de la escorrentía, manifestadas en el deterioro de sus viviendas, de los caminos de servidumbre y de la red de alcantarillado y en la zozobra por la ocurrencia de deslizamientos periódicos en las épocas de alta pluviosidad.
La Junta Cívica tomando eco de las necesidades de los moradores, ha emprendido diferentes acciones ciudadanas y constitucionales, para que se traten y mitiguen los riesgos generados por las aguas de escorrentía y el desbordamiento de caños y quebradas (La Mariela, La Puerta, La Guagüita y La Pajarita), hasta el punto de que las dependencias municipales responsables de la prevención y solución de esta clase de eventos, a principios de enero del 2011 comenzaron el estudio y la realización de obras provisionales de mitigación y atenuación de los riesgos mencionados para luego acometer las obras definitivas. Lo anterior es una de las condiciones para que la Secretaría de Obras Públicas y las Empresas Públicas de Medellín puedan efectuar el ESTUDIO, DISEÑO Y EJECUCIÓN DEL SISTEMA DE CAPTACIÓN DE AGUAS, RECONFORMACIÓN DE ALCANTARILLADO Y ESCALINATAS, que solicitamos mediante esta propuesta, tal como se desprende de uno de los comunicados que nos sirven de sustento:
“La Secretaría de Medio Ambiente le informa que anteriormente se había dado respuesta al caso mediante el radicado 200700380637 en donde se reitera que la solución es realizar un buen manejo a las aguas de escorrentía en la parte alta del sector, desde la vía al mar, lo cual es competencia de la Secretaría de Obras Públicas al igual que la construcción de cunetas en el sector, ya que además de las afectaciones dadas por el aumento del caudal de la quebrada, las viviendas presentan humedades e inundaciones en sus viviendas por las aguas de escorrentía que descienden por el terreno a gran velocidad”. [1]
En otro de los informes en respuesta a una de las peticiones de la comunidad y luego de una visita ocular efectuada por personal técnico a la zona, se señaló:
“Debido al alto crecimiento poblacional y desarrollo el presupuesto destinado para el mantenimiento y mejoramiento de las obras públicas en la ciudad, resulta insuficiente, ya que las necesidades se han ido incrementando año tras año, factor determinante para que esta Dependencia se vea en la necesidad de incluir su obra en nuestra base de datos. Después de verificar la viabilidad técnica, la población beneficiada y la prioridad de la obra se programa para ser ejecutada bien sea por contratación o por administración directa, dependiendo de la disponibilidad de recursos, equipo, maquinaria, materiales y personal en la siguiente vigencia fiscal”.
Es de anotar que frente a las obras de carácter barrial, comunal y/o zonal se debe dar aplicación al Acuerdo Municipal No. 43 de 2007 que establece los mecanismos por los cuales las comunidades pueden priorizar las obras para ser analizadas en los Consejos Comunales del Programa de Planeación Participativa y posteriormente ser incluidas en el presupuesto municipal que regirá para el año siguiente.
En atención al asunto, me permito informarle que una vez realizada visita por parte de funcionarios adscritos a esta dependencia a la carrera 96 A con calle 62D del barrio Pajarito, se observó la viabilidad de construir un sendero en escalas, para con ello solucionar los problemas de movilidad en el sector, de acuerdo con los parámetros establecidos anteriormente”. [2]
LA INTEGRALIDAD DE LA SOLUCIÓN SOLICITADA EN LA PROPUESTA
Como se ve, está claramente establecida tanto la necesidad de dichas obras para garantizar condiciones dignas de vida para la comunidad y evitar tragedias previsibles, la fuente de la ocurrencia de los riesgos asociados a la carencia de un sistema adecuado de captación de aguas de escorrentía y lluvias, y alcantarillado, así como la posibilidad de las mismas.
Este problema debe ser tratado de manera integral porque los sistemas técnicamente adecuados y suficientes de alcantarillado y de evacuación y control de aguas de escorrentía y de lluvias, debe estar igualmente asociado a la capacitación y asesoría a la comunidad, para que a su vez contribuya con ello, de modo que se puedan descargar los bajantes a estos con seguridad y sin afectar la capacidad hidráulica.
La comunidad ha manifestado su disposición de contribuir con las servidumbres necesarias para que con el concurso de Planeación Municipal y demás instituciones, se disponga y evalúe la sección de vía del sector comprometido, se fije el sitio de conducción del alcantarillado, las obras de captación y conducción de aguas lluvias externas a las viviendas y se señale el sendero peatonal definitivo en escalas, teniendo en cuenta la actual servidumbre.
Esperamos que esta propuesta sea tenida en cuenta con las debidas ampliaciones y evaluaciones. Al efecto, le aportamos fotos del sector en referencia.
Atentamente,
JUNTA CÍVICA PARA EL PINAR (FUENTE CLARA-ROBLEDO)
[1] Oficio de la Secretaría de Medio Ambiente, radicado 200800360934 fechado el 1 de octubre del 2008 y dirigido a la Secretaría de Obras Públicas.
[2] Oficio de la Secretaría de Obras Públicas de Medellín, Radicado 200800314546 fechado el 28 de agosto del 2008 y dirigido a la Sra. Nohemy Olaya.
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Con relación a este proyecto quisimos adelantar con EPM el proceso de investigación, y le enviamos la siguiente comunicación desde el año pasado. La contestación fue muy vaga indicando que no podían intervenir por tratarse de un alcantarillado artesanal sobre predios privados. Sin embargo, consideramos que no es explicación adecuada, pues este recorrido se ha convertido en una servidumbre que bien puede utilizar con el beneplácito de las 6 familias que se encuentran cerca. En el plano del sector se puede observar la localización de las servidumbres de la Carrera 96 A (Entrada Los Barrera o entrada Paraje El Pinar) y la del sendero peatonal que cubre el recorrido del sistema de alcantarillado hacia el sur hasta desembocar al Caño La Pajarita. Falta entonces el recorrido que hace la tubería obsoleta y artesanal desde le patio del Paraje hacia el nor-oriente hasta el Caño La Pajarita, el cual se puede declarar como servidumbre, sin mayores restriucción, pues prima el interés general sobre el particular.
Ampliese el mapa para ver nitidamente las actuales dos servidumbres: calle y sendero |
Sin en un término prudencial de 30 días a partir del 1 de marzo del 2012, no obtenemos una respuesta que satisfaga los derechos colectivos a un medio ambiente sano, a la salubridad pública y ciudadana, entonces, presentaremos las acciones constitucionales correspondientes (Acción Popular y tutelas), porque entre otras razones, no es lógico ni tiene justificación legal que por años se cobre en las facturas el concepto de saneamiento sin tener las redes domésticas conectadas a un sistema adecuado y digno de EPM.
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